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En este blog queremos compartir con nuestros clientes, los visitantes y la sociedad en general, ideas que pueden interesar en relación al derecho del sector público, pensadas desde Barcelona.

miércoles, 29 de enero de 2014

Cambiamos de blog.

Hoy despedimos este espacio. Pero no se trata de un adiós. Nos mudamos. Y es que desde ahora podréis seguir nuestras publicaciones en un nuevo blog que acabamos de inaugurar, y desde el cual, os seguiremos ofreciendo nuestra visión sobre temas de actualidad en el sector que nos ocupa. Por eso, si queréis seguir con nosotros, a partir de ahora nos podéis encontrar en: cuchaguilera.wordpress.com

Os esperamos!!!!

viernes, 20 de diciembre de 2013

CUCH-AGUILERA LEGAL obtiene una sentencia favorable contra ENDESA DISTRIBUCIÓN en relación con unos derechos de extensión.

En fecha reciente nos ha sido notificada una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirmado en su práctica totalidad que nuestro cliente, una promotora inmobiliaria, tenía derecho a una reducción en el importe que ENDESA DISTRIBUCIÓN le solicitó para conectar una promoción de viviendas en el municipio de Terrassa. La sentencia considera que la compañía distribuidora no podía cobrar los derechos de extensión de línea de la forma en que lo hizo, dado que el solar se hallaba en suelo urbano y, por tanto, debía contar con todos los servicios urbanísticos adecuados, entre ellos, el suministro eléctrico; por consiguiente, la empresa distribuidora no podía exigir al particular solicitante del suministro costear las obras y las instalaciones de extensión de línea desde un punto alejado de la parcela, sino que ello es una obligación de la compañía. 

 Esta sentencia demuestra que, a pesar de que las compañías suministradoras tengan de facto una posición dominante, y de que en ocasiones se aprovechen de ella para imponer a los solicitantes de un suministro unas condiciones económicas inadecuadas, su actuación está sujeta al ordenamiento jurídico, por lo que, con las acciones adecuadas, se las puede obligar a ajustarse al mismo.

martes, 10 de diciembre de 2013

La reforma energética en España

El Gobierno español ha impulsado la reforma del sistema eléctrico estatal  para poner fin a los desequilibrios del sistema eléctrico, el llamado déficit de tarifa. Actualmente este déficit de tarifa asciende a unos 4.500 millones de euros anuales, y lleva acumulados más de 26.000 millores de euros.

La reforma se articula entorno a dos normas:

.- por un lado, la tramitación de la reforma de la Ley del sector eléctrico (http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/SEN/BOCG/2013/BOCG_D_10_272_177.PDF), que el día 23 de noviembre fue remitida por el Congreso de ls Diputados al Senado para continuar su tramitación parlamentaria; esta Ley vendrá a sustituir la actualmente vigente Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Las medidas adoptadas consisten principalmente en:

1.- Repartir el esfuerzo para equilibrar el sistema entre empresas, consumidores y Estado. Así, de los 4.500 millones de desequilibrio, 2.700 millones serán asumidos por las compañías a través de modificaciones en sus retribuciones, 900 millones de euros serán asumidos por el Estado a través de los Presupuestos Generales y los 900 millones de euros restantes serán asumidos por los consumidores a través de una subida de peajes.

2.- Introducir cambios normativos para que el sistema sea más flexible y pueda evitar nuevos desequilibrios en el futuro.

3.- Garantizar el suministro al menor coste posible para el consumidor. Para ello, se simplifica la factura eléctrica y se introducen cambios normativos para fomentar la competencia, reforzando los mecanismos de atención al cliente y manteniendo la protección para los consumidores vulnerables.

La aplicación de estas medidas, más allá de ser estrictamente técnicas o de reparto de los problemas financieros del pasado, obliga a plantearse cuál es el modelo energético español que el Gobierno plantea para el futuro: realmente esta reforma avanza hacia el objetivo de reducir el consumo y  las emisiones para ser más sostenibles como sociedad, y reducir el coste energético del país para ser más competitivos en el exterior? O más bien se posiciona al lado de aquellos que en su día, teniendo el mercado eléctrico a sus pies, hicieron grandes inversiones y ahora no quieren perder ni sus inversiones ni su posición dominante en el sistema?


En un próximo post trataremos de esta cuestión. 

martes, 19 de noviembre de 2013

La Dirección General de Tributos avala el pago en metálico de las multas de Tráfico

Ante las quejas de numerosos conductores por la supresión de la posibilidad del pago en efectivo en carretera de las multas de tráfico para los ciudadanos residentes (pero no para los extranjeros), del pasado 25 de febrero de 2013 por parte de la Dirección General de Tráfico, la asociación “Automovilistas Europeos Asociados” (AEA) presentó una consulta vinculante ante la Dirección General de Tributos la cual con resolución número V2658-13 de feche 05 de septiembre de 2.013 ha respondido validando el pago en efectivo en carretera de las multas de tráfico.

Según la D.G. de Tributos “el Reglamento General de Recaudación es aplicable a la gestión recaudatoria de las sanciones de tráfico”.

Es en el artículo 34.2 del Reglamento General de Recaudación  donde se establece que “el pago en efectivo de las deudas no tributarias se efectuarán por los medios que autorice su propia normativa. Si no se hubiera dispuesto regla especial el pago deberá realizarse por los medios citados en el apartado 1”.

Como la Ley de Seguridad Vial no ha establecido ninguna regla especial, son de aplicación sus artículos 74.1 c) y 80 referidos al abono de la sanción en el acto de formularse la denuncia, y atendiendo a que estos no establecen ninguna restricción al pago en metálico, es de aplicación el mencionado artículo 34.1 del Reglamento General de Recaudación que establece “el pago de las deudas que deba realizarse en efectivo se podrá hacer siempre en dinero legal”.

Así, finalmente el principio de igualdad entre residentes y turistas vuelve a imperar con plena eficacia.

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