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jueves, 18 de abril de 2013

EL DESPACHO CUCH I AGUILERA ADVOCATS ESTÁ PRESENTE EN EL SABADELL SMART CONGRESS

Los días 8 y 9 de abril de 2013 ha tenido lugar el SABADELL SMART CONGRESS, en el que se han presentado y debatido las últimas tendencias internacionales en el mundo de las ciudades inteligentes.

Hablar de smart city (o Ciudad Inteligente) es hablar de una ciudad que aplica los datos obtenidos de las tecnologías de la información para hacer que sus infraestructuras y sus servicios públicos sean más eficientes, más sostenibles y más económicos; y además, que los ciudadanos puedan ser más conscientes de ello. En definitiva, la ciudad inteligente ofrece una mejor calidad de vida a los ciudadanos

Destacadas figuras internacionales como Jeremy Rifkin o José María Gay de Liébana, entre muchos otros, han participado en las diversas ponencias celebradas,  relativas a smart energy, smart environment, smart mobility, smart safety, smart people o smart economy.

Asimismo se celebró una mesa redonda de ciudades inteligentes en que se dieron a conocer los proyectos de las ciudades de Viena, Montpellier o Barcelona.

Una representación del despacho CUCH I AGUILERA ADVOCATS estuvo presente en el Sabadell Smart Congress, y tuvo la oportunidad de compartir experiencias profesionales con los miembros de la secretaría científica del congreso y con los responsables de diversos proyectos de ciudades inteligentes.


LINK DE INTERÉS: http://sabadellsmartcongress.com/esp/index.php

lunes, 15 de abril de 2013

La nueva Ley de Costas.

1.- TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA
El Consejo de Ministros aprobó el 5 de octubre de 2012, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), el Proyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley de Costas de 1988.

En fecha 13 de diciembre de 2012, dicho proyecto de Ley fue aprobado por el Congreso de los Diputados.

En este momento se está pendiente del trámite del Senado, y lo más probable es que sea remitida nuevamente al Congreso para su aprobación.

2.- SITUACIÓN ACTUAL
En la actualidad, según datos del MAGRAMA, hay unas 10.000 viviendas en Dominio público marítimo terrestre, la mayoría con un derecho anterior a la Ley de Costas de 1988. De ellas, en 2018 expiran unas 1.100 concesiones de viviendas, lo que obligaría a su demolición.

Aparte de las viviendas, existen unas 23.000 ocupaciones no residenciales, de las cuales más de 1.700 son ocupaciones industriales, y más de 3.000 son “chiringuitos” (unos 1.300 restaurantes y 1.700 kioscos), lo que significa un volumen de actividad económica y de empleo muy considerable.

El nuevo proyecto de Ley quiere regular esta situación, dando seguridad jurídica a los titulares de derechos afectados por dicha situación.

3.-PRINCIPALES NOVEDADES
Según el MAGRAMA, las principales novedades de la Ley, que se pueden agrupar entorno a tres objetivos son las siguientes:


a)      Dar mayor seguridad jurídica a propietarios, concesionarios y usuarios:
    • Se define mejor el alcance del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) y se aplican criterios estrictamente técnicos para deslindar la costa.
    • Se garantiza la información a los ciudadanos sobre sus propiedades y otros derechos; para ello, los bienes de DPMT se deben inscribir en el Registro de la Propiedad, y todos los ciudadanos podrán acceder vía Internet a los deslindes.
b)     Reforzar la protección del litoral:
    • Se introduce un régimen diferenciado para los tramos urbanos de las playas y para los tramos naturales (junto a espacios protegidos o suelo rural). Para éstas últimas, se impondrá un nivel de protección mayor al vigente en la actualidad.
    • La Administración General del Estado tendrá la facultad de suspender en vía administrativa los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo-terrestre, o que supongan una infracción de las prohibiciones establecidas en la zona de servidumbre de protección, impugnando dichos acuerdos ante los tribunales; con ello se podrá evitar que se reproduzcan casos de construcciones ilegales.
    • Se impiden nuevas edificaciones en el DPMT y se prohíbe que las necesarias obras de mejora en los edificios existentes supongan cualquier aumento de volumen, altura o superficie.
c)      Facilitar la viabilidad y sostenibilidad de las actividades económicas:
    • Se amplían los plazos máximos de las concesiones hasta 75 años, como hacen otras leyes como la Ley de Aguas, siempre que se trate de actividades respetuosas con el DPMT. Con ello, se proporciona a dichas actividades un horizonte amplio de actividad e inversión, a la vez que se fomenta una mayor corresponsabilización de los concesionarios hacia la conservación del DPMT.
    • Ante la perspectiva del vencimiento de las concesiones vigentes a partir de 2018, se establece la posibilidad de una prórroga extraordinaria de las otorgadas antes de la entrada en vigor de la ley de reforma por un plazo máximo de 75 años.
    • No obstante, en aquellos casos en los que las concesiones amparen ocupaciones para usos destinados a la industria extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera, será necesario un informe ambiental específico para otorgar la prórroga.
4.- CONSECUENCIAS PRÁCTICAS
Las medidas previstas por el proyecto de Ley enfrentan a los que consideran que la costa es un espacio natural merecedor de protección especial, con los que lo perciben como un marco único para desarrollar actividades económicas y particulares.

La nueva Ley pretende encontrar un equilibrio entre ambas concepciones de la costa y dar seguridad jurídica a cada una de ellas. La consecuencia práctica es que, donde se podían desarrollar actividades humanas, las mismas se consolidan para aprovechar el potencial económico y turístico que representan; en cambio, donde la costa estaba protegida urbanísticamente, se amplían los mecanismos de protección y se limitan las posibilidades de transformar los tramos de costa todavía vírgenes.

5.- REACCIONES AL PROYECTO DE LEY
Según el MAGRAMA, la Comisión Europea ha valorado positivamente el nuevo texto porque considera que dará seguridad jurídica a los europeos con propiedades inmobiliarias en el litoral español.


Sin embargo, las asociaciones ecologistas destacan que con la nueva Ley se privatiza el litoral (aumento de prórroga de las concesiones y restricciones en la delimitación del dominio público marítimo-terrestre), que se han aplicado criterios subjetivos o poco fundados para establecer excepciones y regímenes concretos (como el caso de Formentera, que tendrá un régimen más laxo, o los núcleos de población excluidos del dominio público, entre los que se hallan Ampuriabrava en Girona, o las viviendas de Oliva en Valencia),  y que aumenta la probabilidad de contaminación del mar y las playas (dado que se consolidan usos industriales, comerciales y residenciales).

6.- CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Más allá de las consideraciones políticas que cada uno pueda tener sobre el proyecto de ley en trámite, el texto actual plantea algunas dudas jurídicas en su redacción o en su aplicación:

a)  Posible invasión de competencias al permitir al Gobierno parar obras en el litoral, previamente aprobadas por los ayuntamientos.
b)  Posible infracción de los principios de igualdad y no discriminación por el trato diferenciado a situaciones análogas (casos Formentera o núcleos excluidos del dominio público, no aplicados a otros casos similares, o régimen de exigibilidad del canon en supuestos diversos).
c)   Régimen discrecional de protección de los tramos naturales de las playas.
d)   Régimen discrecional en la fijación de la duración de las concesiones de uso del dominio público marítimo-terrestre con obras o instalaciones no desmontables.

Deberemos esperar a la publicación del texto definitivo de la Ley para ver si las dudas jurídicas quedan resueltas y, por tanto, las personas, empresas y colectivos implicados  cuentan con una mayor seguridad jurídica gracias a la entrada en vigor de la nueva ley

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