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En este blog queremos compartir con nuestros clientes, los visitantes y la sociedad en general, ideas que pueden interesar en relación al derecho del sector público, pensadas desde Barcelona.

viernes, 20 de diciembre de 2013

CUCH-AGUILERA LEGAL obtiene una sentencia favorable contra ENDESA DISTRIBUCIÓN en relación con unos derechos de extensión.

En fecha reciente nos ha sido notificada una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirmado en su práctica totalidad que nuestro cliente, una promotora inmobiliaria, tenía derecho a una reducción en el importe que ENDESA DISTRIBUCIÓN le solicitó para conectar una promoción de viviendas en el municipio de Terrassa. La sentencia considera que la compañía distribuidora no podía cobrar los derechos de extensión de línea de la forma en que lo hizo, dado que el solar se hallaba en suelo urbano y, por tanto, debía contar con todos los servicios urbanísticos adecuados, entre ellos, el suministro eléctrico; por consiguiente, la empresa distribuidora no podía exigir al particular solicitante del suministro costear las obras y las instalaciones de extensión de línea desde un punto alejado de la parcela, sino que ello es una obligación de la compañía. 

 Esta sentencia demuestra que, a pesar de que las compañías suministradoras tengan de facto una posición dominante, y de que en ocasiones se aprovechen de ella para imponer a los solicitantes de un suministro unas condiciones económicas inadecuadas, su actuación está sujeta al ordenamiento jurídico, por lo que, con las acciones adecuadas, se las puede obligar a ajustarse al mismo.

martes, 10 de diciembre de 2013

La reforma energética en España

El Gobierno español ha impulsado la reforma del sistema eléctrico estatal  para poner fin a los desequilibrios del sistema eléctrico, el llamado déficit de tarifa. Actualmente este déficit de tarifa asciende a unos 4.500 millones de euros anuales, y lleva acumulados más de 26.000 millores de euros.

La reforma se articula entorno a dos normas:

.- por un lado, la tramitación de la reforma de la Ley del sector eléctrico (http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/SEN/BOCG/2013/BOCG_D_10_272_177.PDF), que el día 23 de noviembre fue remitida por el Congreso de ls Diputados al Senado para continuar su tramitación parlamentaria; esta Ley vendrá a sustituir la actualmente vigente Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
Las medidas adoptadas consisten principalmente en:

1.- Repartir el esfuerzo para equilibrar el sistema entre empresas, consumidores y Estado. Así, de los 4.500 millones de desequilibrio, 2.700 millones serán asumidos por las compañías a través de modificaciones en sus retribuciones, 900 millones de euros serán asumidos por el Estado a través de los Presupuestos Generales y los 900 millones de euros restantes serán asumidos por los consumidores a través de una subida de peajes.

2.- Introducir cambios normativos para que el sistema sea más flexible y pueda evitar nuevos desequilibrios en el futuro.

3.- Garantizar el suministro al menor coste posible para el consumidor. Para ello, se simplifica la factura eléctrica y se introducen cambios normativos para fomentar la competencia, reforzando los mecanismos de atención al cliente y manteniendo la protección para los consumidores vulnerables.

La aplicación de estas medidas, más allá de ser estrictamente técnicas o de reparto de los problemas financieros del pasado, obliga a plantearse cuál es el modelo energético español que el Gobierno plantea para el futuro: realmente esta reforma avanza hacia el objetivo de reducir el consumo y  las emisiones para ser más sostenibles como sociedad, y reducir el coste energético del país para ser más competitivos en el exterior? O más bien se posiciona al lado de aquellos que en su día, teniendo el mercado eléctrico a sus pies, hicieron grandes inversiones y ahora no quieren perder ni sus inversiones ni su posición dominante en el sistema?


En un próximo post trataremos de esta cuestión. 

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